Resumen: La actora recurre en suplicación la sentencia del Juzgado de lo Social que desestima su pretensión acumulada de tutela de derechos fundamentales y modificación sustancial de condiciones de trabajo (MSCT). La Sala de lo Social rechaza, en primer lugar, la petición de nulidad de actuciones por no existir incongruencia omisiva, ya que habiendo optado la actora por la extinción indemnizada de su contrato, carece de acción para impugnar la MSCT adoptada, como se entendió en la instancia, pues en lugar de accionar por despido impugnó la MSCT, cuando la relación laboral ya se había extinguido, no siendo por ello posible entrar en la corrección o no de la modificación. Rechaza también la revisión fáctica interesada por ser irrelevante. Y desestima el recurso al no haberse vulnerado sus derechos fundamentales, pues la MSCT no ha tenido efectividad al encontrarse la trabajadora en situación de incapacidad temporal, sin haber llegado a reincorporarse a su nuevo puesto de trabajo; además, habiéndose extinguido la relación laboral no puede entrarse a analizar si la empresa ha incurrido en cesión ilegal. Finalmente, deja sin efecto la multa por temeridad impuesta por no haber constancia de previa audiencia a las partes.